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Obligatoriedad para uso de nuevos códigos CAByS entró a regir este 1 de marzo

  • En caso del uso incorrecto de Código CAByS, contribuyentes se exponen a una multa de un 1% del salario base por cada registro incorrecto que se envíe a la Administración Tributaria.
  • Autoridades brindaron período de transición entre el 1 y el 28 de febrero para que los contribuyentes pudieran actualizar los Códigos CAByS que estaban utilizando, esto en caso de que lo tuvieran que hacer.

 

Marzo, 2023. A partir de este 1 de marzo, los contribuyentes deberán aplicar un nuevo cambio ordenado por la Administración Tributaria. Se trata de la entrada en vigencia del uso obligatorio de la nueva versión del Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS), a la hora de emitir sus facturas electrónicas por la venta de productos o servicios.

 

El Ministerio de Hacienda había informado que desde el pasado 27 de enero de 2023, se encontraba disponible esta nueva versión en el sitio web del Banco Central de Costa Rica (BCCR). No obstante, brindó un período de transición que rigió entre el 1 y el 28 de febrero, para que los contribuyentes pudieran actualizar los Códigos CAByS que estaban utilizando, esto en caso de que lo tuvieran que hacer.

 

Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica, explicó que el CAByS es un catálogo que agrupa los bienes y servicios que se comercializan en el país en categorías jerarquizadas. En este catálogo se le asigna un código a cada uno de ellos. Además, inicia con 10 categorías generales y se va ampliando a más de 20 000 productos.

 

“Con el establecimiento del CAByS, un contribuyente no puede facturar si no introduce uno de estos códigos en la línea de producto o servicio que está facturando. Eso quiere decir, por ejemplo, que si yo vendo una maquinaria agrícola tengo que ir a buscar el CAByS que mejor se ajuste a esa maquinaria. Esto se estableció para que la Administración Tributaria reciba información directa de los contribuyentes, vía facturación electrónica, de los servicios y productos que más se venden en el país. Con esta información, la administración tributaria va desarrollando una base de datos para generar estadísticas sobre las principales ventas en territorio nacional”, explicó Porras.

 

Según Hacienda, esta actualización responde a la entrada en vigencia de la nueva Canasta Básica Tributaria, así como a las modificaciones que se realizan a este catálogo.

 

“Cuando Hacienda presentó la primera versión del CAByS, emitió códigos genéricos para muchos bienes y servicios. Todas esas estructuras genéricas que se utilizaban, han tenido que irse ampliando. Por ejemplo, se dan muchos casos donde los contribuyentes venden un producto o servicio que no se encuentra en el Catálogo, entonces ese contribuyente envía una carta a la Administración Tributaria solicitando la inclusión de ese bien o servicio para poder facturar correctamente. Todos estos datos nuevos son los que vienen a ampliar la estructura del CAByS”, explicó el socio director de Baker Tilly Costa Rica.

 

Revisión y actualización

Porras comentó que ahora los contribuyentes, en caso de que no lo hicieran en el período de transición, deben revisar el código CAByS que utilizan actualmente según los productos o servicios que vendan. Deben verificar si hay algún cambio. En caso de que lo hubiera, deben modificar el código que utilizan en su facturación electrónica.

 

La nueva versión de Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS) que se debe utilizar se encuentra en la página web del BCCR, en el siguiente link: https://www.bccr.fi.cr/indicadores-economicos/cat%C3%A1logo-de-bienes-y-servicios?fbclid=IwAR3krKQXWmkzpBqe3PHg59W7Kf3aVgSNlQZSldM3B4J9pIfhqJs_6xBj2e4.

 

“En esta página el contribuyente tiene dos opciones. Revisar el Catálogo desde el sitio web, o descargar el documento de Excel. Es muy importante que se tenga presente de que un contribuyente no puede facturar si no utiliza un Código CAByS. Su uso es obligatorio”, recordó Porras.

 

Añadió que el uso de códigos CAByS incorrectos, le podría acarrear dos consecuencias principales a los contribuyentes. La primera es que la Administración Tributaria puede rechazar la factura electrónica que emita, impidiéndole facturar.

 

La segunda es que se estaría enviando información errónea a las autoridades tributarias, lo que podría generarle una multa al contribuyente.

 

“Enviar información de forma errónea a la administración tributaria es sujeto de multas. Esto de acuerdo con el Código Normas y Procedimientos Tributarios. De ahí la importancia de buscar un especialista que pueda determinar exactamente el código. Esto porque cuando se busca el código dentro de Catálogo, van a aparecen infinidad de opciones. Al final, hay que buscar la mejor o la que se adapta mejor al bien o servicio que se está vendiendo”, resaltó Porras.

 

Por ejemplo, dijo, si un contribuyente vende muebles y busca el código que le corresponde, le saldrán una inmensa variedad de códigos ligados a muebles de aluminio, muebles de melamina, muebles de madera, muebles de metal, entre otros. Esto provoca que se deba analizar cuál descripción establecida dentro del Catálogo CAByS es la que se acopla mejor al tipo de mueble que ese contribuyente está vendiendo.

 

La sanción por el envío erróneo de información a la Administración Tributaria, de acuerdo con el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, es de un 1% del salario base por cada registro incorrecto. Actualmente, un salario base se ubica en 462.200 colones.

 

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Roberto Mesén Méndez

Gestor de prensa de Seis80 Comunicación

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