Denuncia en la Fiscalía de Jacó por cambio de uso de suelo y construcciones sin permiso municipal en perjuicio de los recursos naturales
Una denuncia investigada por el Sistema Nacional de Areas de Conservación (SINAC) –y puesta en conocimiento de la Fiscalía del Ministerio Público en Garabito de Puntarenas- suma más de dos años sin mayores avances que permitan reparar el daño ambiental ocasionado en el sector de Cerro Fresco en Playa Hermosa de Jacó debido al cambio de uso de suelo que afectó un área boscosa.
De acuerdo con el Informe SINAC-ACOPAC-OSRO-182022 del 21 de febrero del 2022 que firma Paola Alvarado, Encargada de Prevención, Protección y Control de la Oficina Subregional de Orotina del Area de Conservación del Pacífico Central del SINAC, el 15 de febrero del 2022 se llevó a cabo una inspección en Cerro Fresco para atender una información enviada a esa dependencia por daño ambiental en Cerro Fresco según datos enviados por Whattsapp.
El oficio de Alvarado –documento que se envió a la Fiscalía de Garabito– indicó que la visita al lugar se realizó junto con funcionarios de la Municipalidad de ese cantón de la provincia de Puntarenas quienes confirmaron que en el lugar se llevaban a cabo construcciones sin el debido permiso del gobierno local.
La acción de la funcionaria del Ministerio del Ambiente y Energía –que consta en el documento SINAC-ACOPAC-OSRO-181-2022- derivó en una orden administrativa girada a un ciudadano canadiense de apellido LeBlanc indicándole que “debía abstenerse de realizar cualquier actividad de corta de árboles o vegetación, remover el suelo o los árboles y la vegetación con maquinaria o realizar cualquier construcción”.
En una nota enviada a LeBlanc el 15 de marzo del 2023 el canadiense recibió un citatorio para rendir una declaración indagatoria ante la Fiscalía de Garabito; sin embargo, más de un año después el caso permanece sin mayores avances. El proceso en contra de LeBlanc se tramita en el expediente n. 22-000101-0645-PE por un supuesto “cambio de uso de suelo en perjuicio de los recursos naturales”.
Valoración jurídica
De acuerdo con el abogado especialista en Derecho Ambiental, Alvaro Sagot, “uno de los aspectos fundamentales en el ordenamiento jurídico está contemplado en el artículo 19 de la Ley Foresta que habla sobre la propiedad privada y los bosques que ahí se encuentran. En ese artículo se establece una prohibición total y absoluta al cambio en el uso del suelo”.
“¿Qué significa esto? Que cuando estamos ante situaciones donde hubo bosque y se pudo haber degradado el mismo, ya sea por causas naturales o de otro tipo, desde esa perspectiva el Estado tiene la obligación de restaurar ese daño que se ocasionó. Tiene la obligación incluso de investigar quién o quiénes fueron los responsables de la eliminación de ese bosque”, explicó el Sagot.
El especialista añadió que en esta materia siempre se procura, en la medida de lo posible, reparar el daño ambiental ocasionado para regresar el ecosistema afectado a las condiciones iniciales.
“Incluso en propiedades privadas la normativa establece sanciones hasta penales, para que se prohíba el cambio en el uso del suelo cuando está ante este tipo de delitos. Para ello es importante considerar adicionalmente otras normas más como la Ley de Uso y Manejo de Conservación de Suelos que en esa misma línea establece también sanciones penales para quienes talan los bosques y; por supuesto que también la Ley de Conservación de la Vida Silvestre”, añadió Sagot.
Además del cambio de uso de suelo, en el lugar se abrieron cuatro caminos de lastre en medio del bosque.
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