Radio Puerto TV

La forma diferente de hacer radio y televisión

Experto aconseja planificar con tiempo el legado familiar que preservará el patrimonio y la armonía

  • Gestor Patrimonial de Mercado de Valores señala que, tener estructurado un proceso de sucesión moderno, ágil y efectivo debe ser prioridad para una familia, ya que testamento tradicional podría no satisfacer necesidades.

 

  • Recomienda informarse y entender otro tipo de instrumentos jurídicos tales como el fideicomiso con cláusula testamentaria que facilita planes sucesorios, necesidades y protección de los miembros.

 

Febrero, 2024. Con el objetivo de preservar tanto el patrimonio familiar como la armonía entre cada uno de los miembros que integren una familia, el Gestor Patrimonial de Grupo Financiero de Mercado de Valores, Sergio Gurdián Pacheco, aconseja dedicarle tiempo y análisis a la planificación del legado familiar.

 

A criterio del experto, las personas están acostumbrados a planificar a corto plazo (rutina, vivienda, y vacaciones, entre otros) y no le dan importancia ni oportunidad a la estructuración de un esquema o vehículo legal para la sucesión o administración en situaciones especiales de los activos que conforman el patrimonio familiar a lo largo del tiempo.

 

“Tener estructurado un esquema sólido, claro y eficiente de sucesión debe ser prioridad para cualquier familia”, señaló el profesional de Grupo Financiero Mercado de Valores, tras plantear una serie de preguntas:

 

  • ¿Tiene hijos menores de 18 años o adultos mayores dependientes de usted?
  • ¿Tiene familiares con necesidades especiales?
  • ¿Estoy en riesgo de perder mi capacidad de administrar mi patrimonio de manera responsable mientras estoy vivo? ¿Qué sucede en caso de sufrir una incapacidad temporal o permanente, estoy preparado?
  • ¿Quiero distribuir mi herencia en diferentes etapas de vida de mis beneficiarios?
  • ¿Me gustaría dejar un legado (patrimonio), no solo para mis seres queridos, sino también para una causa de bien social?

“Si la respuesta es sí a al menos una de estas preguntas, un testamento podría no ser suficiente”, aseguró Gurdián al tiempo que señaló que ésta última (testamento) ha sido la manera tradicional de planificar la transmisión del patrimonio por mortis causa.

 

“Sin embargo, existen otro tipo de instrumentos jurídicos reconocidos y regulados por el ordenamiento costarricense, que facilitan los planes sucesorios y la protección de las familias, dentro de los cuales se encuentra, sin duda alguna, el fideicomiso”, explicó el Gestor Patrimonial de Mercado de Valores.

 

El profesional de la entidad financiera señaló que un fideicomiso testamentario es un instrumento por medio del cual un Fideicomitente delega la administración de su patrimonio o parte de él a un Fiduciario, quien realizará su gestión con base en las instrucciones y decisiones del Fideicomitente que se plasman en un contrato formal.

 

Dicha administracion se ejecutará hasta que se cumpla la condición o condiciones que el fideicomitente haya definido como hechos futuros e inciertos, dentro de las cuales una de ellas podría ser su fallecimiento.

 

“El Fideicomiso puede mantenerse vigente después de la muerte del fideicomitente, en caso de que éste último haya establecido condiciones especiales que deben cumplirse en el tiempo antes de la distribución del patrimonio fideicometido; por ejemplo, que el Fideicomisario o uno de ellos, alcance una edad específica”, indicó.

 

Detalló que en los fideicomisos se pueden incluir, para que formen parte del patrimonio fideicometido, bienes inmuebles, bienes muebles, títulos valores, pólizas de vida, inversiones de diferente naturaleza, y otros activos que estén en el comercio.

Explicó que, el patrimonio fideicometido integrado por todos los activos y bienes del fideicomitente se registran a nombre del Fideicomiso, el cual va a ser administrado por la fiduciaria, gestión que se realizará en estricto apego a las cláusulas, condiciones y demás estipulaciones fijadas por el fideicomitente en el contrato de fideicomiso.

 

Elimina conflictos internos

 

Uno de los beneficios del contrato de fideicomiso es su flexibilidad y adaptabilidad, características que permiten establecer y crear condiciones particulares para cada fideicomitente y sus necesidades; lo que a la postre asegura la protección de los patrimonios, incluso para aquellos que pueden ser más sofisticados y complejos de administrar.

 

Contribuye al fortalecimiento de la unión familiar y las relaciones entre sus integrantes.  Con instrucciones y disposiciones precisas y claramente determinadas en el Fideicomiso se mitiga y prácticamente elimina, posibles conflictos entre los beneficiarios.

 

Un fideicomiso es una interesante alternativa de sucesión, permite proteger el patrimonio y realizar una transmisión mortis causa de forma ordenada y eficiente, incluso en situaciones familiares especiales.

 

A diferencia de otros tipos de procesos de sucesión patrimonial en diferentes sedes de tramitación, los que pueden llegar a ser complicados e inclusive durar años en su tramitación; la distribución de los bienes que conforman un patrimonio fideicometido con cláusula testamentaria, en un porcentaje muy alto son de ejecución ágil, segura y eficaz, tanto para los beneficiarios como también para otros posibles interesados.

 

Además, ese proceso de distribución es completamente confidencial y va a contar con la gestión de profesionales comprometidos en ejecutar la voluntad expresa del Fideicomitente y el valor del patrimonio del fideicomitente.

 

Partes en un fideicomiso testamentario

 

  • Propietario de los activos que se traspasan al fideicomiso, puede ser una persona física o jurídica.
  • Entidad que administra el patrimonio fideicometido conforme lo estipulado en el contrato. Requiere de estar registrado ante la Superintendencia General de Entidades Financieras para los efectos el artículo 15 bis de la Ley Número 7786.
  • Beneficiarios del fideicomiso.
  • Comité protector. Es un Auxiliar opcional de la Fiduciaria, que puede constituirse por voluntad de el Fideicomitente, y su función es brindar apoyo a la Fiduciaria en las situaciones que así haya previsto el Fideicomitente.

Grupo Financiero Mercado de Valores

 

Grupo Financiero Mercado de Valores es una entidad financiera privada constituida y activa desde el año 1976, su actividad consiste en brindar asesoría e intermediación bursátil; es miembro fundador de la Bolsa Nacional de Valores. Mantiene altos estándares de servicio a sus clientes y practica valores éticos sólidos.  Dentro de sus subsidiarias se encuentran: Mercado de Valores Puesto de Bolsa S.A., la cual realiza intermediación de inversiones y valores en el mercado local e internacional; Multifondos de Costa Rica. S.A. Sociedad de Fondos de Inversión, la cual administra fondos de inversión que se comercializan a través de la primera y MVCR Gestión Patrimonial S.A. la que ofrece servicios de asesoría integral en la gestión de patrimonios, en materias directamente relacionadas tales como sucesiones, legal (protección de patrimonios), fiscal, contable, y de gobernanza corporativa. El Grupo Financiero Mercado de Valores, cuenta entre otros, con un departamento especializado en el análisis de tendencias económicas internacionales actuales, lo que les permite participar activamente en la negociación de diversos instrumentos financieros en las principales bolsas mundiales.