En Goicoechea dictan sentencia por tráfico de influencias
En sentencia 422 – 2023 del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José por unanimidad de los votos, se declaró a un hombre de apellido Ulate y a una mujer de apellido Alfaro autores responsables de un delito de tráfico de influencias en su forma agravada cometido en perjuicio de los deberes de la función pública.
Por lo cual, le impuso tres años de prisión a la encartada Alfaro y una pena de cuatro años de prisión al imputado Ulate. Adicionalmente, dicho tribunal les impuso a ambos la pena de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos, incluyendo los puestos de elección popular por el plazo de tres años.
En dicha sentencia y de conformidad con los artículos del 59 a 63 del Código Penal, se le otorgó a la mujer de apellido Alfaro y por espacio de tres años el beneficio de ejecución condicional de la pena.
Se sustituye la pena de privación de libertad impuesta al sentenciado de apellido Ulate por el arresto domiciliar con monitoreo electrónico por el plazo de cuatro años.
El Tribunal declaró parcialmente con lugar la acción civil resarcitoria promovida por la actora civil la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de los demandados civiles Ulate y Alfaro. Por lo cual, se condenó a ambos al pago a favor del actor civil PGR de dos millones de colones a cada uno, además de los intereses que se generen a partir de la firmeza del fallo.
De igual forma, se condenó a los demandados civiles al pago de las costas de dicho proceso, las cuales se fijaron en la suma de cuatrocientos mil colones. Los gastos del proceso en cuanto a la acción penal son a cargo del Estado por haberse procedido a instancia del Ministerio Público.
Al parecer, el hecho se dio el 12 de diciembre del 2016, cuando el hermano de Alfaro fue aprehendido por oficiales de la Policía Municipal de Heredia, por haber obstruido la labor de los efectivos mientras realizaban una inspección en un bar.
Supuestamente, a raíz de ello, la abogada contactó al entonces alcalde (Ulate) para que este, como máximo jerarca, influyera en los oficiales para que no presentaran al detenido al Ministerio Público; de esa manera, para favorecer intereses particulares, el jefe del municipio ordenó a los policías municipales que omitieran un acto propio de sus funciones.


