SUTEL aplica sanción a Transdatelecom y Cable Arenal del Lago

Aplica multa del 0,15% sobre sus ingresos brutos en telecomunicaciones obtenidos  durante el período fiscal anterior a la imposición de la sanción, por concentración no  notificada. 

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) en cumplimiento de sus funciones como  autoridad sectorial de competencia, sancionó a las empresas Transdatelecom S.A. y Cable  Arenal del Lago S.A. por la omisión del deber de notificación de concentración económica. Los operadores de telecomunicaciones deberán cancelar una multa por concepto de “infracción  grave” del 0,15% sobre sus ingresos brutos en servicios de telecomunicaciones, obtenidos  durante el período fiscal anterior a la imposición de la sanción, según los criterios de valoración  establecidos en la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642, la Ley Fortalecimiento de las  Autoridades de Competencia en Costa Rica, Ley 9736 y el Reglamento del Régimen de  Competencia en Telecomunicaciones de la SUTEL. 

En cumplimiento de dichas leyes, ambas empresas se deben abstener de realizar y ejecutar  cualquier concentración con operadores y/o proveedores de servicio de telecomunicaciones, sin  notificar de previo a la SUTEL. 

“En el presente procedimiento se acreditó que al no haberse notificado la operación  realizada entre Cable Arenal y Transdatelecom ante la SUTEL, constituye una clara  violación al marco jurídico. El pago de las multas impuestas, de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 38 de la Ley 8642, deberá efectuarse dentro del plazo de un  mes, contado a partir de la notificación de esta resolución…”, señala resolución  

RCS-177-2024.

Motivo de la sanción 

El análisis de una concentración, de manera preventiva a su realización, permite a la SUTEL  proteger los derechos y los intereses legítimos de los consumidores y la promoción del proceso  de competencia y libre concurrencia. 

En algunas circunstancias, las concentraciones económicas pueden ser perjudiciales para los  consumidores, al generar precios más altos, menor variedad y/o calidad, menos innovación, o  bien, impedir que otras empresas ingresen en el mercado. Por este motivo, las concentraciones  económicas en el mercado de telecomunicaciones deben ser notificadas ante la SUTEL previo  a que se ejecuten, con la finalidad de que esta apruebe, condicione o deniegue la operación, de  previo a su ejecución, luego de valorar el eventual impacto que pudiera tener la transacción. 

Es fundamental que las empresas conozcan que, en caso de omitir la notificación previa de las  concentraciones, pueden ser sancionadas con multas que rondan entre 0,025% y 0,5% de los  ingresos brutos obtenidos durante el período fiscal anterior a la imposición de la sanción. 

Los recursos producto de la multa establecida por la SUTEL, según lo establecido en la  legislación nacional, ingresarán al Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), para ser invertidos en programas y proyectos de telecomunicaciones, en aplicación del principio de  servicio y acceso universal para el beneficio de los usuarios y poblaciones vulnerables.

TEL.: +506 4000-0000 FAX: +506 2215-6821 

800-88-SUTEL 

Apartado 151-1200 San José – Costa Rica 

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