-En el intermedio de un partido hubo contacto de uno de los dirigentes con el árbitro central, por medio de un mensaje de texto. El mensaje era reclamando una situación de juego y no comprendía ningún tipo de amenaza, coacción u ofrecimiento para que los favoreciera. Es un reclamo como los que muchas veces se ven al final de un juego, solo tuvo la particularidad de que se hizo mediante un mensaje de texto.
-El árbitro manifestó que esto le causó sorpresa, pero que no influyó en su ánimo y el partido terminó con normalidad.
-Esta conducta no es sancionable desde el punto de vista de Integridad, pues corresponde a los reclamos que se ven habitualmente en los partidos y que si es del caso se sancionan por otras vías.
-El otro contacto se dio en un partido que estaba suspendido por mal tiempo y en el cual igualmente no medió de parte del dirigente ningún ofrecimiento o amenaza. Solo era una referencia hacia temas de iluminación. Por lo tanto, tampoco en este caso existe una conducta que pueda ser sancionable como falta relacionada con Integridad.
-El informe recomienda incluir expresamente en los reglamentos de las ligas profesionales que estas situaciones no sean permitidas y en el futuro se sancionen por los órganos jurisdiccionales de la Federación y sus ligas.
-El Comité Ejecutivo decidió enviarle al club del dirigente involucrado una nota haciéndole ver que este tipo de conductas son inconvenientes, reprochables y que tener alguna inconformidad con un tema arbitral debe canalizarlo a través de la Comisión de Arbitraje.
-Este informe fue recibido y avalado por el Comité Ejecutivo de la Federación Costarricense de Fútbol.
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